DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE TRANSITO Y TRANSPORTE DE VILLA DEL ROSARIO

notificación por aviso de mandamientos de pago contra deudores por multas de transito

 

El suscrito Funcionario Ejecutor del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte de Villa del Rosario , en uso de las facultades conferidas por los Artículos 140 y 159 de la Ley 769 de 2.002 modificada por la Ley 1.383 de 2.010,modificado por el Decreto 0019 de 2.012, y Resolución del día 08 de mayo de 2017, por medio del cual se adopta el nuevo manual de Cobro Coactivo y el Reglamento interno de recaudo de cartera  del Departamento de Administrativo de Tránsito y Transporte de Villa del Rosario, procede a notificar mediante publicación las resoluciones por medio de las cuales se libra mandamiento de pago a los deudores que se identifican a continuación por nombre, número de cédula de ciudadanía y cuantía de la multa,(ver listado anexo), que en su parte resolutiva establece:

PRIMERO: Librar orden de pago por la vía administrativa coactiva a favor del Departamento Administrativo Municipal De Tránsito y Transporte De Villa Del Rosario y a cargo de ­­­­­­­­­­­­­­­­­___________________ identificado con Cédula de Ciudadanía Nro. ________ por la suma de __________________________________ ($_____), por los conceptos señalados en la parte motiva, más los intereses que se causen desde cuando se hizo exigible cada obligación y hasta cuando se cancelen conforme lo disponen los artículos 634, 635 y 867-1 del Estatuto Tributario, más las costas del presente proceso.

SEGUNDO: Notificar este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal, previa citación por correo dirigida a (dirección del ejecutado) para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma. De no comparecer en el término fijado, notificar por correo conforme lo dispone el artículo 826, concordante con el artículo 565 del Estatuto Tributario.

TERCERO: Advertir al deudor que dispone de quince (15) días hábiles después de notificada esta providencia, para cancelar la deuda o proponer las excepciones legales que estime pertinente, conforme al artículo 831 del Estatuto Tributario

CUARTO: Líbrense los oficios correspondientes”

Estas resoluciones se notifican mediante publicación en la página web de la entidad conforme a lo establecido en el Decreto 0019 de 2.012 que modificó los Artículos 563 y 568 del Estatuto Tributario Nacional, en relación con deudores respecto de los cuales no se ubicó dirección de notificación en las bases de datos, o que la citación para notificación anterior fue devuelta según informe de correo que reposa en el expediente.

Se les advierte a las personas aquí notificadas que contra los mandamientos de pago proceden las excepciones establecidas en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional, las cuales deben presentarse personalmente o por medio 

de apoderado judicial ante el Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte de Villa del Rosario, dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la presente publicación.

SAUL CRISTANCHO VASQUÉZ

DIRECTOR