“POR MEDIO DE LA CUAL SE ESTABLECE LA ATENCION VIRTUAL A USUARIOS DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE VILLA DEL ROSARIO “DATRANS””
El suscrito director del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte de Villa del Rosario “DATRANS”, en uso de sus facultades constitucionales, y
CONSIDERANDO
Que, el artículo 2 de la Carta Magna dispone que todas las autoridades están instituidas para proteger a los residentes del territorio nacional en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades.
Que, el artículo 5 de la ley 1751 de 2015 establece que el estado es responsable de respetar, garantizar y proteger el goce efectivo del derecho fundamental a la salud; igualmente en el artículo 10 señala que es deber de las personas, para salvaguardar este derecho fundamental, propender por su autocuidado, el de su familia y el de su comunidad, y el de actuar de manera solidaria ante situaciones que pongan en peligro la salud y la vida de las personas.
Que, la resolución 0000222 del 25 de febrero de 2021 expedida por el ministerio de salud y protección social prorroga la emergencia social sanitaria por el nuevo coronavirus hasta el 31 de mayo de 2021.
Que, el Gobernador del departamento expidió el decreto 774 del 10 de mayo con el fin de mitigar el aumento de casos positivos de covid-19 en Norte de Santander.
Que, el Alcalde municipal a su vez expide el decreto 094 de 2021 con el fin de mitigar el aumento de casos positivos de covid-19 en el municipio de Villa del Rosario.
Que, ante el constante flujo de usuarios que diariamente circulan dentro de las instalaciones del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte de Villa del Rosario “DATRANS”, resulta de vital importancia tomar medidas frente al contagio del Covid-19.
Que, el suscrito director del Departamento Administrativo de Transito de Villa del Rosario ante el incremento de casos positivos y el lamentable fallecimiento de un funcionario en los últimos días, determina que debe tomar medidas sustanciales en pro de la seguridad, salud y vida de todas las personas que laboran dentro de las instalaciones de esta entidad.
Que, en tal virtud este despacho:
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Suspéndase la atención presencial en las instalaciones del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte de Villa del Rosario “DATRANS”, desde el día 24 al 29 de mayo de 2021.
ARTÍCULO SEGUNDO: Ordénese la atención virtual a todos los usuarios del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte de Villa del Rosario “DATRANS”, desde el día 24 al 29 de mayo de 2021.
ARTÍCULO TERCERO: Habilítense exclusivamente los siguientes canales de atención:
Correo Electrónico: datrans@datransvilladelrosario.gov.co
- Para notificaciones judiciales
- Para la radicación de derecho de petición, solicitudes, quejas y reclamos.
- Para pagos de comparendo elaborados en sitio por agentes de tránsito y ordenes de salida de vehículos.
- Para la solicitud de liquidación de impuestos vehiculares de servicio público.
Correo Electrónico: fiscalización.villa@gmail.com
- Para información respecto comparendos de fiscalización electrónica (Fotomultas)
- Para solicitudes de pago de comparendos de fiscalización electrónica (Fotomultas)
Correo Electrónico: cobrocoactivoettvilla@gmail.com
- Para información respecto a cobro coactivo de comparendos
- Para solicitudes de pago de comparendos en estado cobro coactivo
- Para solicitudes de desembargo
Correo Electrónico: tramitesymatriculasdatrans@gmail.com / Whatsapp 3106503526
- Para trámites de matrículas y traspasos.
- Para traslados y radicados de cuenta.
Correo Electrónico: licenciasconducciondatrans@gmail.com / Whatsapp 3106503526
- Para licencias de conducción
ARTÍCULO CUARTO: Reanúdese la atención de usuarios de manera presencial el día 31 de mayo de 2021.
ARTICULO QUINTO: La presente resolución regirá y surtirá efectos a partir de su promulgación.
Dada en Villa del Rosario, Norte de Santander a los 21 días del mes de mayo de 2021
SAUL CRISTANCHO VASQUEZ
DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE TRANSITO Y TRANSPORTE DEL MUNICIPIO DE VILLA DEL ROSARIO